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Salario mínimo: 12 preguntas que dejó la suspensión del Consejo de Estado al aumento de 23% decretado para este año

  • hace 1 hora
  • 3 Min. de lectura

La suspensión provisional del decreto que fijó el salario mínimo para 2026 ha generado una fuerte confusión entre trabajadores y empresas, pese a que el alcance real de la decisión es más acotado de lo que se ha dicho hasta el momento y los focos ahora se centran en los movimientos que realizará el gobierno Petro para defender el aumento del 23%.


Lo primero a tener en cuenta es que el Consejo de Estado dejó claro que el ajuste solo se aplicará cuando el Gobierno expida y publique un nuevo decreto con el valor que regirá mientras se decide el caso. Para hacerlo, el Ejecutivo tiene ocho días calendario, y mientras eso no ocurra, el salario vigente no debería alterarse.


En términos prácticos, la decisión no habilita cambios automáticos ni autoriza a recalcular nóminas por anticipado y lo que ya fue pagado o causado antes de la expedición del nuevo decreto no debería tocarse, pues no existe soporte normativo para hacerlo.


Por eso, cualquier intento de reversar pagos, descontar valores ya liquidados o introducir ajustes sin explicación clara debe encender alertas, especialmente en un momento de transición normativa que exige mayor cuidado operativo. No obstante, el verdadero riesgo, coinciden los expertos, no está en el número del salario mínimo sino en cómo se liquida la nómina en estos días.


Así lo advierte un análisis económico y financiero de Crowe Co, elaborado por Iván Andrés Muñoz Torres, BPO Acting Partner de la firma, quien señala que “en estas transiciones el riesgo no es el número, es el desorden” y resalta que la recomendación central es que hay que revisar con atención cada desprendible y conservar los soportes como punto de comparación.


“Para los trabajadores, la clave está en entender que lo determinante no es la fecha en la que reciben el pago, sino el periodo que se está liquidando. Si todavía no hay un nuevo decreto publicado, el valor vigente debe mantenerse si no hay nuevo decreto. Si ya existe, será fundamental verificar desde qué fecha aplica y a qué periodo corresponde, pues la fecha de pago no siempre coincide con los días efectivamente liquidados”, indicó Muñoz.


También hay diferencias relevantes según el tipo de contrato, dado que cuando el salario está pactado como un salario mínimo legal mensual vigente, el valor se mueve con el mínimo que rija para el período liquidado y en contratos en pesos fijos, el salario no debería variar, aunque sí pueden hacerlo otros conceptos atados al mínimo. En ambos casos, la verificación del valor usado es indispensable para evitar inconsistencias.


Otros rubros de la nómina pueden verse afectados de forma indirecta. Las horas extra, los recargos y los dominicales dependen del valor hora, por lo que cualquier cambio en la base debe reflejarse con una fórmula clara.


“Si no hay cambios en la base, la liquidación debería ser similar a la de meses anteriores. Comparar horas, valor hora y recargo permite detectar errores en el pago final”, agregó Iván Muñoz.


Desde Crowe Co agregaron que algo similar ocurre con los aportes a salud y pensión, que se calculan sobre la base de cotización reportada por el empleador; ya que si esa base no coincide con el salario básico del periodo, es necesario pedir explicación.


“En el caso de los independientes, la recomendación es ajustar la cotización con base en ingresos reales y soportables, no en rumores ni cadenas. El auxilio de transporte, por su parte, debe mantenerse como un concepto separado del salario y solo aparecer si se cumplen los requisitos”, manifestaron.


Frente a recursos humanos, la sugerencia es optar por una comunicación simple y documentada, teniendo claro que pedir confirmación sobre el valor con el que se liquidó el periodo, desde cuándo aplicarían cambios y cómo se reflejarían en aportes y en el desprendible puede evitar malos entendidos.


Así mismo, si la respuesta es verbal, conviene solicitar un resumen por escrito; ya que la transición normativa no autoriza a “pausar” pagos ni a congelar salarios ya trabajados e incluso en situaciones como incapacidades, licencias o vacaciones, cualquier variación debe tener una explicación y una fórmula clara, pues se liquidan con bases y periodos específicos.


“Por último, revisar fechas exactas, salario base usado y la aparición de deducciones nuevas permite detectar errores a tiempo. No olvidemos que en un contexto de incertidumbre, la mejor defensa del ingreso es la revisión cuidadosa de la nómina y la exigencia de cuentas claras”, concluyó Iván Andrés Muñoz.


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