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La advertencia de la Fiscalía que cambia la forma de usar las cámaras de seguridad en Colombia

  • Foto del escritor: Tolima Stereo
    Tolima Stereo
  • hace 1 día
  • 2 Min. de lectura

Las cámaras de seguridad se han convertido en herramientas cada vez más comunes en hogares y negocios colombianos. Más allá de su función disuasiva frente a delitos, estos dispositivos también juegan un papel relevante en investigaciones judiciales, y la Fiscalía General de la Nación ha recordado a la ciudadanía que su uso conlleva responsabilidades que pocos conocen.


Según cifras oficiales, en Colombia hay más de 26.679 cámaras de videovigilancia instaladas bajo control de las autoridades, pero de ellas alrededor de 14.963 funcionan activamente, según datos del Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad (SIES) de la Policía con corte a 2025.


La falta de cobertura total y reales recursos para contratar vigilancia ha llevado a muchas personas a instalar cámaras privadas en sus propiedades.


La Fiscalía ha enfatizado que estas cámaras, aunque sean propiedad de particulares, están sujetas a normas claras del país. La Ley 1581 de 2012, que regula la protección de datos personales, y el Código de Procedimiento Penal establecen que los registros audiovisuales pueden constituirse en elementos probatorios en procesos judiciales.


Si las autoridades judiciales o policiales requieren acceder a estos videos, los propietarios están obligados a colaborar.


En investigaciones en curso, la Fiscalía, la Policía Nacional o el CTI (Cuerpo Técnico de Investigaciones) pueden solicitar grabaciones que ayuden a esclarecer un hecho delictivo. En casos urgentes, para evitar que se pierda evidencia o se alteren archivos fundamentales, estos organismos pueden requerir los videos sin necesidad de una orden judicial.


Cuando no medien urgencias, las autoridades deben contar con una orden de un fiscal delegado para acceder a las imágenes de cámaras privadas. En todos los casos, la ley indica que el ciudadano no puede negarse a entregar lo que se le solicita por parte de la policía judicial.


Obstaculizar o rehusar esta colaboración puede constituir obstrucción a la justicia, lo que expone al propietario a posibles sanciones procesales.


La Fiscalía ha delineado recomendaciones claras para quienes deben entregar grabaciones. Entre ellas está no borrar ni alterar los videos, suministrar copias en medios como USB o servicios en la nube, y solicitar un recibo o constancia de entrega para proteger sus derechos.


Asimismo, las autoridades aconsejan no compartir estas grabaciones en redes sociales sin consentimiento, ya que podría vulnerar la privacidad de terceros captados en las imágenes.


Es importante aclarar que esta obligación de proporcionar material corresponde únicamente frente a autoridades competentes.


No existen mecanismos legales para que particulares o vecinos exijan este tipo de información sin que medie una solicitud oficial. Solo cuando la Policía Judicial actúa con la autorización del propietario, puede recopilar y revisar grabaciones de este tipo.


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