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'Jalón de orejas' de la Corte Constitucional al Gobierno por la situación del sistema de salud del país

  • Foto del escritor: Tolima Stereo
    Tolima Stereo
  • hace 1 minuto
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Diecisiete años después de que la Corte Constitucional declarara el derecho a la salud como fundamental y ordenara una reforma estructural del sistema, el alto tribunal volvió a intervenir de manera directa ante el bajo nivel de cumplimiento de sus mandatos.


A través del Auto 2049 de 2025, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 concluyó que la mayoría de las órdenes estructurales impartidas en ese fallo siguen sin ejecutarse de manera efectiva, pese al tiempo transcurrido y a los reiterados llamados al Gobierno Nacional.


La decisión fue adoptada por la Sala integrada por los magistrados Vladimir Fernández Andrade, Miguel Polo Rosero y Carlos Camargo Assis, quien la preside.

En ella, la Corte advierte que los problemas estructurales identificados desde 2008 (financiación insuficiente, fallas en la entrega de medicamentos, demoras en la atención, debilidades en la información del sistema y escasa articulación institucional) no solo persisten, sino que se han agravado en varios frentes.


Indicadores que evidencian el deterioro

Para sustentar su evaluación, la Sala de Seguimiento revisó varios indicadores que reflejan el estado actual del sistema de salud. Uno de los más relevantes es el aumento sostenido de las acciones de tutela. En 2023 se presentaron 197.737 tutelas en salud, cifra que subió a 265.173 en 2024, un incremento del 34%.

A corte del 14 de noviembre de 2025, ya se habían radicado 270.661 acciones, superando ampliamente los registros de años anteriores antes de finalizar el calendario.


Otro foco crítico es el acceso a medicamentos. Según la información analizada por la Corte, 18 EPS acumularon 622.666 quejas en los últimos dos años por medicamentos no entregados, entregados de manera incompleta o fuera de los plazos establecidos.

Para el tribunal, este volumen de reclamaciones evidencia fallas estructurales en la garantía efectiva del Plan de Beneficios en Salud.


A ello se suma la situación financiera del sistema. La Corte señala que el incremento nominal de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) no demuestra, por sí solo, que exista suficiencia financiera.

En particular, cuestiona que la UPC de 2025 se haya definido con base en la inflación causada, sin una demostración clara de que cubra el costo real de los servicios incluidos, y sin una justificación técnica suficiente de las diferencias entre regímenes.


Más del 80% de las órdenes, sin cumplir

El balance general de la Sala es contundente: más del 80 % de las órdenes estructurales de la Sentencia T-760 de 2008 continúan incumplidas, entre ellas las identificadas con los números 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 29, 30 y 32.

Para la Corte, este nivel de incumplimiento ha contribuido a un deterioro progresivo del sistema de salud y justifica la adopción de medidas judiciales más estrictas.


En ese contexto, el tribunal decidió abrir un incidente de desacato contra el ministro de Salud y Protección Social, específicamente por el incumplimiento de las órdenes 21 y 22, relacionadas con la suficiencia de las principales fuentes de financiación de los servicios y tecnologías del Plan de Beneficios en Salud.

Nuevas órdenes y control reforzado

Además del incidente de desacato, la Corte ordenó al Ministerio de Salud la presentación de un plan integral de acción orientado a mitigar la crisis estructural del sistema y a restablecer de manera efectiva los derechos de los usuarios. Este plan deberá abordar los problemas financieros, operativos y de acceso identificados en el seguimiento judicial.


De forma complementaria, la Sala dispuso que la Superintendencia Nacional de Salud asuma un rol más activo y verificable en el control del uso de los recursos por parte de las EPS, en aplicación de los principios de colaboración armónica e intersectorialidad.

Finalmente, la Corte ordenó compulsar copias del Auto 2049 de 2025 a la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía General de la Nación y la Contraloría General de la República, para que evalúen posibles responsabilidades disciplinarias, penales y fiscales, y refuercen el seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-760 de 2008.


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