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Estos son los incentivos del Gobierno para los colombianos que ahorren energía


La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) publicó el proyecto de resolución con el programa transitorio de incentivos al uso eficiente de energía eléctrica, que funcionará mediante un esquema de tarifas diferenciales y divulgación que deberán aplicar los comercializadores minoristas de energía eléctrica.


Según explicó Andrés Camacho, ministro de Energía, esta resolución hace parte de las 15 medidas anunciadas la semana pasada para apoyar la recuperación de los niveles de los embalses del país y prevenir un racionamiento.


Vale la pena mencionar que los niveles útiles de los embalses de energía siguen aumentando y llegaron al 30 % el lunes 22 de abril, de acuerdo con XM, la administradora del Sistema Interconectado Nacional. Aunque están incrementando y es una buena noticia, es necesario continuar con las medidas de ahorro de energía y agua.


De acuerdo con el documento de la CREG, los artículos 66 y 68 de la Ley 143 de 1994, se estableció que el ahorro y el uso eficiente de la energía son “objetivos prioritarios en el desarrollo de las actividades del sector eléctrico” y que se deben tener en cuenta como criterio para el desarrollo de proyectos de estas actividades.


La CREG puede ajustar las fórmulas tarifarias para establecer un esquema diferencial que promueva el ahorro en el consumo de energía por parte de los usuarios. Por eso, mediante la resolución implementa las medidas para que los colombianos ahorren energía y eviten aumentos en sus tarifas.


Según la resolución, la meta de consumo individual para cada usuario regulado durante la vigencia del programa será determinada a partir de su consumo promedio diario de energía activa, expresado en kilovatios-hora por día (kWh-día), “calculado con la información del último ciclo de lectura completo que haya finalizado antes del 15 de marzo de 2024″.


Para calcular la meta de consumo promedio diario de energía del usuario, el comercializador tomará la cantidad total de energía activa obtenida a partir de la última lectura previa al 15 de marzo de 2024 y la dividirá entre el número de días correspondiente al ciclo de lectura.


Así las cosas, la referencia para determinar los cobros adicionales a los usuarios que excedan su consumo será la lectura del consumo, el estrato y el tipo de usuario.


¿Cuál será la diferencia tarifaria?

Para estratos 1 a 3, cada kilovatio por hora adicional se multiplicaría por 1,3, lo que quiere decir que se tendría un cobro adicional de un 30 %.


Para los estratos 4, 5 y 6, cada kilovatio por hora extra se multiplicaría por 1,5, es decir, valdrá 50 % más.


Para el comercio y la industria, cada cada kilovatio por ahora adicional, se multiplicaría por 2 y tendría un costo extra del 100 %.


De los usuarios que superen su consumo de referencia saldrán los fondos de incentivos para las personas que disminuyan el uso de energía.


Es decir, el beneficio por ahorrar energía se verá reflejado en la factura. Si el beneficio supera el valor de la factura, el saldo restante será acumulado para la siguiente factura y así sucesivamente hasta agotar el saldo a favor del usuario beneficiado.


“El beneficio será otorgado por el comercializador como un saldo a favor de su usuario en la siguiente factura. Si el beneficio supera el valor de la factura, el saldo restante será acumulado para la siguiente factura y así sucesivamente hasta agotar el saldo a favor”, explicó la CREG.


Los comercializadores también deberán hacer divulgación masiva, a través de todos sus canales de comunicación, sobre el programa de incentivos al uso eficiente de la energía, “a más tardar desde el quinto día hábil siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución y hasta que finalice el programa”.


Finalmente, el comité de expertos podrá dar por terminado el programa, de acuerdo con el avance y cumplimiento del objeto.

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