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Conozca todo sobre la actualización catastral que fue aprobada por el Concejo Municipal

  • Foto del escritor: Tolima Stereo
    Tolima Stereo
  • hace 2 horas
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El Concejo de Ibagué aprobó este martes la modificación del Estatuto Tributario Municipal, incorporando medidas que mitigan y reducen el impacto de la actualización catastral. Con esto, los ibaguereños contarán con alivios tributarios y reglas claras sobre el valor real de sus predios, después de más de 10 años sin que se llevara a cabo el proceso de actualización.


“Acaban de ser aprobadas las modificaciones al Estatuto Tributario, que incluye un capítulo especial para el impuesto Predial en el cual se incorporaron medidas que mitigan y reducen el impacto de la Actualización Catastral”, afirmó Daniela Cabrera, secretaria de Planeación Municipal.


Con este ajuste, los ciudadanos podrán conocer con mayor precisión la realidad física y económica de sus inmuebles, mientras que el Municipio aplica los valores mínimos permitidos por la ley, protegiendo a los hogares que habitan la zona urbana y rural.


“Para los que tengan un gran incremento, mediano o pequeño, todos van a tener el beneficio de pagar de acuerdo con unos porcentajes que limita la liquidación del impuesto del 15 al 100%, que es el máximo permitido por la ley”, explicó por su parte Ángel María Gómez, secretario de Hacienda Municipal.


¿Qué beneficios trae el nuevo Estatuto Tributario?


Gradualidad en los pagos: Se implementaron amortiguadores fiscales que limitan los aumentos del impuesto predial. Si un predio llega a registrar un incremento superior al 200% en su avalúo, solo se podrá cobrar hasta un 50% adicional respecto al del año anterior. Además, se mantiene el 15% de descuento por pronto pago para los contribuyentes que paguen antes del 31 de marzo de 2026.


Por ejemplo, si el propietario de un predio pagó $100.000 en 2025 y su impuesto debería ser $200.000 en 2026, gracias al tope establecido solo pagará $150.000.


Protección a pequeños negocios familiares


Los hogares que dependen económicamente de tiendas, peluquerías, misceláneas, talleres caseros o emprendimientos podrán seguir pagando la tarifa de vivienda, siempre que el área destinada a comercio sea menor al 40% de la construcción. Este beneficio no existe en la mayoría de ciudades del país.

Con lo anterior, Ibagué protege los ingresos familiares y evita que estos pequeños negocios sean tratados como comercios formales.


Defensa de los estratos 1 y 2


Para las viviendas urbanas con avalúos iguales o inferiores a 135 SMMLV (aproximadamente $192 millones), el incremento del impuesto predial solo podrá ser equivalente al Índice de Precios al Consumidor (IPC). Nada más. Sin cambios abruptos, sin cargas excesivas.


Además, el Municipio aplicó el 60% del avalúo comercial, que es el valor mínimo legal para liquidar el impuesto. No se usó el 70% ni el 80%.


Justicia tributaria en el sector rural


La actualización corrige una inequidad histórica: antes, los pequeños campesinos pagaban lo mismo que grandes propietarios con decenas o cientos de hectáreas.


Ahora:

•La pequeña propiedad rural (menor a 5 hectáreas) solo podrá aumentar hasta el 200%.

•La mediana propiedad (5 a 20 hectáreas) hasta el 300%.

•La gran propiedad (Mayor a 20 hectáreas) hasta el 400%.

•Todas las viviendas rurales pagarán tarifa de estrato 1.


Ibagué quedó con las tarifas rurales más bajas entre ciudades como Medellín, Manizales, Jamundí, Villavicencio, Cali y Pereira.


Además:

•Las parcelaciones agroturísticas y ecoturísticas quedan tarifadas de manera correcta.

•Los centros poblados, conforme al Plan de Ordenamiento Territorial, se reclasifican como rurales.

•Los predios en suelo de expansión solo pagarán como urbanos si están urbanizados.


Preguntas frecuentes de la ciudadanía


¿Es cierto que las taridas del impuesto predial se dispararán para todos?


No. La actualización catastral no crea impuestos nuevos, ni aumenta tarifas. Solo actualiza el valor real del predio. Si el avalúo baja, el impuesto baja automáticamente. Más de 5.000 predios pagarán una tarifa inferior a la de 2025. Asimismo, menos del 1% del total de predios en el Municipio presentan incrementos superiores al 200%.


¿Por qué en algunos casos baja el impuesto?


Por varias razones:

•Al pasar de lote de engorde a vivienda, baja la tarifa.

•Si menos del 40% del área se usa para comercio, paga como vivienda.

•Por correcciones de avalúos errados.

•Por la reclasificación rural, según el POT.


¿Las viviendas con negocios pagarán como comercio?


No. Mientras el área comercial del inmueble sea menor al 40%, se mantiene tarifa de vivienda.

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