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¿Qué pasa si soy ama de casa y nunca coticé pensión? Esto dice la reforma en uno de sus pilares


El Gobierno del presidente Gustavo Petro, durante estos dos años, ha impulsado varios proyectos que buscan realizar ajustes significativos en diversos sectores del país. De hecho, la reforma pensional es una prueba de ello.


Estos cambios, al tener un impacto directo en la vida de todos los colombianos, han generado una serie de interrogantes en la población. ¿Qué pasa?, ¿Qué debo hacer?, y ¿ahora qué sigue?


En medio de este panorama, surgen preocupaciones específicas, como la siguiente: ¿qué pasa si soy ama de casa y nunca coticé pensión? Esto dice la ley y algunos expertos.


Inicialmente, es importante resaltar que el cambio más significativo en el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez es que con la reforma está basado en cuatro pilares: Solidario, Semicontributivo, Contributivo y Voluntario.


Jorge Rincón, exdirector regional de Colpensiones en Antioquia, señaló a EL TIEMPO que “la nueva ley de pensiones establece que todos los colombianos vamos a quedar en alguno de los mencionados cuatro pilares. En este caso, de la ama de casa que nunca cotizó pensión, la opción para ella es el Pilar Solidario”.


¿Qué es el Pilar Solidario y cómo funciona en este caso?

Este pilar “está dirigido a garantizar una renta básica solidaria para amparar las condiciones mínimas de subsistencia de los adultos mayores pobres y de hombres mayores de 55 años con discapacidad o mujeres mayores de 50 años que sin ser considerados adultos mayores, poseen una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 % y no poseen una fuente de ingresos que garantice su vida digna y reúne los requisitos previstos por el artículo 17 de la presente ley; el cual será administrado por Departamento Administrativo de Prosperidad Social”, dice la el artículo 3 de la reforma pensional.


Camilo Cuervo, socio de la firma de abogados en Holland & Knight y abogado especialista en derecho laboral, le dijo a EL TIEMPO que “a partir del momento en que entra a regir el nuevo sistema de pensión, que es desde el 1 de julio del 2025, se aplicará íntegramente la reforma, esto quiere decir que una ama de casa que nunca cotizó debe revisar su situación socio-económica para establecer si es una persona en situación de pobreza y así aplicar al Pilar Solidario”.


Y agregó: “Si, además, cumple la edad de pensión, en este caso 60 años, la mujer podría recibir una renta mensual permanente, que este 2024 está en 223.000 pesos colombianos”.


Jorge Rico, exdirector regional de Colpensiones en Antioquia, aclaró nuevamente que “depende de la situación económica de esa ama de casa. Porque si es una mujer que se dedica al hogar, su esposo devenga un buen salario y la tiene afiliada, esta ama de casa no va a estar en un nivel vulnerable del Sisbén”, por lo que no aplica al Pilar Solidario.


El experto señaló que los requisitos son los siguientes: “Debe de cumplir con la condición de nunca haber cotizado, estar ubicado entre los colombianos más vulnerables (A, B o C del Sisbén), ser de nacionalidad colombiana, tener la edad mínima de pensión y residir los últimos 10 años en Colombia”.


“Aquella mujer que tiene un esposo con un buen salario no aplica para Pilar Solidario, sino que podría hacer parte de un Pilar Semicontributivo, porque puede hacer unos aportes”, enfatizó.


Nota

Toda la información sobre el Pilar Solidario está en el artículo 17 de la reforma pensional.

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