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Así será la reducción de la jornada laboral para vigilantes


El Ministerio del Trabajo aseguró que las jornadas de trabajo para los empleados del sector de vigilancia y seguridad privada sí tendrán una reducción gradual en sus jornadas laborales, apoyándose en la Ley 2101 del 2021.


Esto también quiere decir que los derechos adquiridos, las garantías y los salario de los vigilantes de seguridad del país no se verán disminuidos, tal como se consigna en la Ley anteriormente mencionada.


La ministra Gloria Inés Ramírez aclaró que, en efecto, esta legislación aplica también para este sector: "Son más de 400 mil trabajadores que desarrollan la actividad en el país y los que laboren más de 47 horas semanales, se les considerará como trabajado extra o suplementario, así lo estipula la ley, vigente desde el 16 de julio del presente año”.


Así las cosas, en la implementación gradual se debe reducir una hora la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas a la semana (julio de 2023) y posteriormente, pasados tres años de la entrada en vigor de la ley, se reducirá otra hora más (julio de 2024) es decir, quedando en 46 horas y a partir del cuarto año (julio de 2025) se disminuirán otras dos más hasta llegar a las 42 horas semanales (julio de 2026).


La norma también establece que la remuneración debe ser respetada por el empleador, sin cambiarle los derechos adquiridos a los trabajadores. Esto significa que no implicará una reducción salarial, ni prestacional, ni al valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores. Esta flexibilidad se extiende, siempre que el promedio semanal no exceda las 42 horas laborales.


El viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma Egea, también aclaró: “La Ley 2101 del 2021 modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, estableciendo cambios significativos en la duración de la jornada laboral, con la finalidad de promover un equilibrio entre las necesidades de los empleadores y el bienestar de los empleados en el ámbito laboral, esto es una conclusión muy importante porque distintos sectores venían señalando, que al gremio de la vigilancia no se les aplicaba. El Ministerio del Trabajo y la Supervigilancia han concluido que a este sector se le debe aplicar esta norma. Es importante que a los trabajadores que no se les aplique esto, acudan a las oficinas del Ministerio del Trabajo”, subrayó.

portafolio.co

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