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Gabriel Camargo dueño del Deportes Tolima tiene 15 días para ofrecer disculpas a mujeres futbolistas


En diciembre de 2018, el presidente del Deportes Tolima, Gabriel Camargo, hizo una serie de afirmaciones sobre la liga femenina de fútbol que la Corte Constitucional acaba de calificar como abiertamente discriminatorias.


"(...) eso anda mal. Eso no va a dar nada… ni económicamente ni nada de esas cosas. Aparte de los problemas que hay con las mujeres. Son más toma tragos que los hombres. Pa’ que vea los problemas, pregúntele a los del Huila cómo están de arrepentidos de haber sacado el título y haberle invertido tanta plata al equipo. Entonces, eso no es… Y fuera de eso (…) es un caldo de cultivo de lesbianismo tremendo”, dijo.


Por cuenta de esas afirmaciones, la Defensoría del Pueblo presentó una acción de tutela en representación de todas las mujeres afectadas.


En el trámite del proceso, Camargo se disculpó, por lo que en primera instancia la tutela fue denegada. No obstante, el caso escaló a la Corte Constitucional que falló este viernes a favor de las futbolistas.


Con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, la Corte dijo que si bien la Constitución protege el derecho a la opinión como manifestación de la libertad de expresión este, como todos los derechos, tiene límites. Y, en este caso, se trató de un acto de discriminación que reproduce la violencia estructural contra las mujeres en razón a su género u orientación sexual.


En primer lugar, dijo la Corte, porque la opinión de Camargo "establece diferencias arbitrarias y humillantes respecto de un grupo poblacional de especial protección constitucional en razón de su género y orientación sexual".


"Segundo, porque las expresiones del accionado responden a la discriminación estructural contra las futbolistas, la cual es producto de la naturalización y la consecuente invisibilización de comportamientos o actitudes sexistas y misóginas", indicó la Corte en un comunicado.


La Corte reconoció las dificultades asociadas a la práctica del fútbol femenino en Colombia, señaló que el deporte se desarrolla en Colombia en un contexto de discriminación multidimensional que lo afecta y relega y constató la existencia de profundas brechas entre el fútbol masculino y el femenino.


Lo anterior se traduce, dijo la Corte, en actitudes como las de Camargo las cuales “se

fundan en prejuicios y estereotipos contrarios a la aspiración democrática y pluralista de la Constitución de 1991”.


Por ello, consideró que “las palabras, los actos, las expresiones y el trato de aquellas

mujeres que deben transitar por espacios nuevos y a veces hostiles, deben ser objeto de un escrutinio constitucional especial”.


A juicio de la Sala, los dirigentes y los cuerpos directivos se encuentran obligados a identificar dificultades y generar oportunidades para el fútbol femenino.


Por lo tanto, dijo la Corte, sus actuaciones no pueden estar dirigidas a marchitar ”iniciativas que pretenden no solo impulsar el valor del deporte como forma de interacción social sino también como medio para la realización de planes de vida que encuentran su lugar en el artículo 16 de la Constitución”.


Por esa razón, la Corte dijo que lo dicho por Camargo Salamanca no goza de una amplia protección constitucional debido a que se enmarca dentro de un tipo de discurso discriminatorio.


En tal sentido, agregó la Corte, limitar este tipo de opiniones busca “erradicar la normalización de estereotipos de género, discriminación y violencia de género que rodea el fútbol femenino, lo cual constituye un fin de alto valor constitucional”.


Para la Corte, “recriminar el lenguaje estereotipado del entorno del fútbol femenino tiene como propósito anular los efectos discriminatorios del lenguaje fundado en prejuicios y expresados sin una mínima consideración por sus destinatarios”.


"El grado de importancia de proteger el derecho al buen nombre, la honra y la no discriminación de las mujeres futbolistas es mayor que el grado de restricción del derecho a la libertad de opinión del accionado”, dijo la Corte.


Las órdenes de la Corte


Camargo tiene 15 días para realizar una rueda de prensa, retractarse y pedir perdón. A la misma podrán asistir las jugadoras de fútbol y organizaciones que las representen para realizar las preguntas que deseen.


En la rueda de prensa, Camargo deberá hacer referencia a las disposiciones adoptadas por la FIFA y la Federación Colombiana de Fútbol para enfrentar la discriminación por razones de género.


Y deberá poner en práctica un programa orientado a erradicar cualquier práctica discriminatoria de su equipo de fútbol femenino del Club Deportes Tolima.


De otro lado, la Corte hizo un llamado a la Dimayor y a la Federación Colombiana de Fútbol "para que adopten medidas pedagógicas, capacitaciones, programas y campañas periódicas de sensibilización frente a la igualdad de género y no discriminación en la práctica deportiva".


Así mismo, exhortó a los Ministerios del Deporte y de Educación y a la Consejería para la Equidad de la Mujer a diseñar un programa sobre derechos humanos de las mujeres, igualdad, no discriminación y eliminación de estereotipos que afecte o anule

los derechos y las libertades fundamentales de las mujeres en los escenarios deportivos.


Además, la Corte le pidió al Congreso que revise y actualice la ley del deporte, con el fin de incluir en ella garantías para la equidad de género, la no discriminación en razón del género en escenarios deportivos, la cero tolerancia con el acoso sexual en la práctica de los deportes, y todas aquellas medidas necesarias para avanzar en la garantía de los derechos de las mujeres deportistas.

eltiempo.com

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