Por cada cuatro acuerdos que se han firmado en Presidencia desde el inicio de la administración Petro, al menos tres se han hecho bajo la modalidad de contratación directa.
En otras palabras, de los 759 contratos que el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) ha efectuado desde el 7 de agosto de 2022 hasta el 13 de febrero del 2024, 559 se han realizado bajo el también conocido como modelo de adjudicación 'a dedo'.
Esta es una de las conclusiones que se desprende de una investigación realizada por la Unidad de Datos de EL TIEMPO, en la que se revisaron los acuerdos realizados por la Unidad de Contratación del Dapre, los cuales están publicados en la plataforma Secop II.
Los contratos más grandes
De acuerdo con el medio, los datos muestran que el total de contrataciones realizadas suma 163.025 millones de pesos. De ese monto, 78.948 millones corresponden a acuerdos bajo la modalidad 'directa' y 'directa con ofertas', es decir, aquella que se realiza cuando la entidad invita directamente a proveedores o contratistas a presentar propuestas para el trabajo requerido.
De esos 78 mil millones, el 53 % se ha invertido en logística de eventos, transmisiones oficiales por RTVC, pasajes aéreos para funcionarios, encuestas de percepción y acuerdos hechos con cabildos indígenas para los que se han usado nuevas disposiciones aprobadas en el Plan Nacional de Desarrollo (PND)
Ahora bien, entre los 30 contratos más grandes firmados de forma directa por la Presidencia, la lista la encabezan dos acuerdos realizados con Plaza Mayor Medellín Convenciones Y Exposiciones S.A., uno por valor de $ 3.600.000.000 y otro por $ 2.513.572.548.
A estos le siguen uno con el Servicio Aéreo A Territorios Nacionales S.A. - Satena ($ 2.202.558.205), uno con Alquiler De Depósitos ($ 1.190.541.913), uno con la Confederación Indígena Tayrona - Cit ($900.000.000) y un contrato con la Compañía Comercial Curacao De Colombia S.A. ($ 865.699.092).
Justificación de los contratos
La ley colombiana define la contratación directa como “el procedimiento mediante el cual se celebran contratos sin que sea necesaria la obtención previa de varias ofertas”.
Ahora bien, los realizados bajo ese modelo deben ser usados en casos determinados por la legislación. Esos son: la urgencia manifiesta, los préstamos o créditos, los contratos interadministrativos (es decir entre entidades del Estado), los gastos reservados que haga el sector defensa, los de temas científicos o tecnológicos, las fiducias, el arrendamiento de inmuebles, la prestación de servicios profesionales, cuando no haya pluralidad de personas o empresas en el mercado o para prestación de servicios profesionales.
En lo que se refiere a los 559 contratos revisados por EL TIEMPO, la información evidencia que el 91 % fueron justificados como ‘prestación de servicios profesionales’. Por su parte, los convenios interadministrativos representaron el 5 % de total y la falta de pluralidad de oferentes se usó en el 4 %.
No obstante, al tomar como grupo de estudio los 30 contratos más costosos, la tendencia cambia. El análisis muestra que, en este caso, Los convenios interadministrativos pasan a representar el 50 %; la falta de pluralidad de oferentes, el 40 % y la prestación de servicios profesionales, apenas el 10 %.
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